29 Septiembre 2026

π‚πŽπŒπˆπ’πˆπŽΜπ 𝐃𝐄 π„πƒπ”π‚π€π‚πˆπŽΜπ, 𝐂𝐔𝐋𝐓𝐔𝐑𝐀, π‚πˆπ„ππ‚πˆπ€ 𝐘 π“π„π‚ππŽπ‹πŽπ†πˆΜπ€ π€ππ‘πŽππŽΜ π‘π„π…πŽπ‘πŒπ€π’ 𝐀 𝐋𝐀 π‹π„π˜ 𝐃𝐄 π„πƒπ”π‚π€π‚πˆπŽΜπ 𝐃𝐄𝐋 π„π’π“π€πƒπŽ 𝐏𝐀𝐑𝐀 π‘π„π’π“π‘πˆππ†πˆπ‘, 𝐃𝐔𝐑𝐀𝐍𝐓𝐄 π“πŽπƒπ€ 𝐋𝐀 π‰πŽπ‘ππ€πƒπ€ π„π’π‚πŽπ‹π€π‘, 𝐄𝐋 π”π’πŽ ππ„π‘π’πŽππ€π‹ 𝐘 𝐍𝐎 ππ„πƒπ€π†πŽΜπ†πˆπ‚πŽ 𝐃𝐄 π“π„π‹π„Μπ…πŽππŽπ’ 𝐂𝐄𝐋𝐔𝐋𝐀𝐑𝐄𝐒.

PODRÁN UTILIZARSE CUANDO SU USO RESPONDA A UNA FINALIDAD PEDAGΓ“GICA DETERMINADA POR LOS DOCENTES, O CUANDO SEA NECESARIA ANTE UNA SITUACIΓ“N DE EMERGENCIA: DIP. CRISΓ“GONO PΓ‰REZ.

Integrantes de la ComisiΓ³n de EducaciΓ³n, Cultura, Ciencia y TecnologΓ­a aprobaron el dictamen que reforma el pΓ‘rrafo cuarto y adiciona los pΓ‘rrafos quinto y sexto del artΓ­culo 60 de la Ley de EducaciΓ³n del Estado de San Luis PotosΓ­, para establecer la restricciΓ³n durante toda la jornada escolar, del uso personal y no pedagΓ³gico de telΓ©fonos celulares y demΓ‘s dispositivos electrΓ³nicos personales de comunicaciΓ³n, conectividad o acceso digital, en los servicios de educaciΓ³n bΓ‘sica.

Al respecto, el diputado CrisΓ³gono PΓ©rez LΓ³pez, presidente de esta comisiΓ³n legislativa seΓ±alΓ³ que el mismo dictamen establece que podrΓ‘n utilizarse dichos dispositivos cuando su uso responda a una finalidad pedagΓ³gica determinada por el personal docente. La restricciΓ³n tampoco serΓ‘ aplicable cuando su utilizaciΓ³n resulte necesaria ante una situaciΓ³n de emergencia, por razones de salud o para garantizar el ejercicio de derechos reconocidos en las disposiciones jurΓ­dicas aplicables.

β€œTodo esto estΓ‘ previsto, en caso de emergencias, en caso de alguna situaciΓ³n que pudiera darse en la cual se estΓ© en alguna situaciΓ³n de peligro o una situaciΓ³n de salud, estΓ‘ previsto que puedan hacer uso de ellos; no se le estΓ‘ restringiendo el uso total”.

SeΓ±alΓ³ que el dictamen tambiΓ©n establece que podrΓ‘n utilizarse estos dispositivos, β€œcuando su uso responda a una finalidad pedagΓ³gica determinada por el personal docente; cuando el maestro programe dentro de su clase el uso de alguno de estos utensilios, podrΓ‘n hacerlo”.

Se indica que durante los perΓ­odos en que resulte aplicable la restricciΓ³n, los dispositivos deberΓ‘n permanecer fuera de uso. Las autoridades educativas, organismos e instituciones competentes establecerΓ‘n, en el Γ‘mbito de sus respectivas atribuciones, las medidas necesarias para la aplicaciΓ³n de estas disposiciones.

En la exposiciΓ³n de motivos del dictamen, se indica que el uso no regulado de dispositivos mΓ³viles en el entorno escolar, genera efectos negativos tanto en el aprendizaje como en la convivencia, por lo que la presencia del uso del celular en el aula puede provocar distracciΓ³n y afectar el desempeΓ±o acadΓ©mico, incluso sin que el dispositivo estΓ© en uso activo.

El dictamen se turnarΓ‘ al Pleno para su votaciΓ³n.

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